Salud ocupacional
De acuerdo con la OMS, la Salud Ocupacional es una actividad multidisciplinaria dirigida a promover y proteger la salud de los trabajadores mediante la prevención y el control de enfermedades y accidentes y la eliminación de los factores y condiciones que ponen en peligro la salud y la seguridad en el trabajo. Además procura generar y promover el trabajo seguro y sano, así como buenos ambientes y organizaciones de trabajo realzando el bienestar fisico mental y social de los trabajadores y respaldar el perfeccionamiento y el mantenimiento de su capacidad de trabajo. A la vez que busca habilitar a los trabajadores para que lleven vidas social y económicamente productivas y contribuyan efectivamente al desarrollo sostenible, la salud ocupacional permite su enriquecimiento humano y profesional en el trabajo.
Funciones
1. SERVICIO DE SALUD PARA LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN EN LOS TÉRMINOS DE LAS LEYES 19.587 Y 24.557
a) Identificación y evaluación de los riesgos que puedan afectar a la salud en el lugar de trabajo
b) Vigilancia de los factores del medio ambiente de trabajo y de las prácticas de trabajo que puedan afectar a la salud de los trabajadores.
e) Asesoramiento en materia de salud, de seguridad y de higiene en el trabajo y de ergonomía.
d) Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo.
e) Colaboración en la difusión de informaciones, en la formación y educación en materia de salud e higiene en el trabajo y de ergonomía.
f) Participación en el análisis de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales.
g) Asegurar que se reciban las prestaciones correspondientes a la ley de riesgos de trabajo, en cantidad y calidad realizando el seguimiento personal el cada caso.
h) Organismo responsable ante la Aseguradora de Riesgos de Trabajo.
2. RECONOCIMIENTOS MÉDICOS DE PATOLOGÍA INCULPABLE
(DECRETO 3413/79 Y CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR PUBLICO)
Afecciones o lesiones de corto tratamiento, largo tratamiento, maternidad, atención grupo familiar, por solicitud del organismo empleador. Deberá aportar: nota presentación del organismo, documento de identidad, certificación médica y estudios.
Destinado a:
Ministerio de Salud de la Nación
Organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional
Casas de Provincia
Personal de provincias en tránsito
Universidades Nacionales
3. CERTIFICACION DE APTITUD PSICOFISICA
Destinado a: Ministerio de Salud de la Nación - Organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional, en el marco del Decreto 3413/79 y Ley de riesgos de trabajo.
4. JUNTAS MEDICAS
Instancia superior determinante en casos de disenso entre la licencia aconsejada por el médico del/la agente y el Servicio Médico del organismo
Consideración de los casos de reducción horaria y/o cambio de tareas o destino
En todas las Juntas Médicas el/la agente podrá presentarse acompañada con su médico/a tratante
5. MEDICINA LEGAL
a) Peritación médico-legal a pedido de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el ámbito de la Ley 24.241
b) Perito de parte en Ministerio de Salud de la Nación.
De acuerdo con la OMS, la Salud Ocupacional es una actividad multidisciplinaria dirigida a promover y proteger la salud de los trabajadores mediante la prevención y el control de enfermedades y accidentes y la eliminación de los factores y condiciones que ponen en peligro la salud y la seguridad en el trabajo. Además procura generar y promover el trabajo seguro y sano, así como buenos ambientes y organizaciones de trabajo realzando el bienestar fisico mental y social de los trabajadores y respaldar el perfeccionamiento y el mantenimiento de su capacidad de trabajo. A la vez que busca habilitar a los trabajadores para que lleven vidas social y económicamente productivas y contribuyan efectivamente al desarrollo sostenible, la salud ocupacional permite su enriquecimiento humano y profesional en el trabajo.
Funciones
1. SERVICIO DE SALUD PARA LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN EN LOS TÉRMINOS DE LAS LEYES 19.587 Y 24.557
a) Identificación y evaluación de los riesgos que puedan afectar a la salud en el lugar de trabajo
b) Vigilancia de los factores del medio ambiente de trabajo y de las prácticas de trabajo que puedan afectar a la salud de los trabajadores.
e) Asesoramiento en materia de salud, de seguridad y de higiene en el trabajo y de ergonomía.
d) Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo.
e) Colaboración en la difusión de informaciones, en la formación y educación en materia de salud e higiene en el trabajo y de ergonomía.
f) Participación en el análisis de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales.
g) Asegurar que se reciban las prestaciones correspondientes a la ley de riesgos de trabajo, en cantidad y calidad realizando el seguimiento personal el cada caso.
h) Organismo responsable ante la Aseguradora de Riesgos de Trabajo.
2. RECONOCIMIENTOS MÉDICOS DE PATOLOGÍA INCULPABLE
(DECRETO 3413/79 Y CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR PUBLICO)
Afecciones o lesiones de corto tratamiento, largo tratamiento, maternidad, atención grupo familiar, por solicitud del organismo empleador. Deberá aportar: nota presentación del organismo, documento de identidad, certificación médica y estudios.
Destinado a:
Ministerio de Salud de la Nación
Organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional
Casas de Provincia
Personal de provincias en tránsito
Universidades Nacionales
3. CERTIFICACION DE APTITUD PSICOFISICA
Destinado a: Ministerio de Salud de la Nación - Organismos descentralizados de la Administración Pública Nacional, en el marco del Decreto 3413/79 y Ley de riesgos de trabajo.
4. JUNTAS MEDICAS
Instancia superior determinante en casos de disenso entre la licencia aconsejada por el médico del/la agente y el Servicio Médico del organismo
Consideración de los casos de reducción horaria y/o cambio de tareas o destino
En todas las Juntas Médicas el/la agente podrá presentarse acompañada con su médico/a tratante
5. MEDICINA LEGAL
a) Peritación médico-legal a pedido de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el ámbito de la Ley 24.241
b) Perito de parte en Ministerio de Salud de la Nación.